Abogada para recurrir sanciones administrativas

Recibir una multa o sanción administrativa no significa que tengas que pagarla sin más. Muchas se anulan por defectos de forma, errores de procedimiento o falta de prueba. Analizo tu caso y te digo si tienes opciones reales de recurrir.

MULTAS DE TRÁFICO DGT

20 días hábiles desde la notificación para presentar alegaciones o recurso de reposición.

SANCIONES DE AYUNTAMIENTO

Un mes para recurso de alzada o reposición según el tipo de resolución.

SANCIONES DE HACIENDA

Un mes para recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.

RECURSOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Dos meses desde la resolución desestimatoria para acudir a los tribunales.
PRIMERA CONSULTA
Sin compromiso
ANÁLISIS PREVIO
Viabilidad del recursos
ZONA DE ACTUACIÓN
Vigo y Galicia
QUÉ SANCIONES RECURRO

Multas y sanciones administrativas
que puedo impugnar

Cada tipo de sanción tiene su propia vía de recurso, sus plazos y sus argumentos específicos. Conozco cada procedimiento y sé exactamente dónde buscar los argumentos para impugnarlo.

Multas de tráfico y DGT

Sanciones de la DGT, radares, semáforos en rojo, exceso de velocidad, alcoholemia, pérdida de puntos. Analizo la notificación, el procedimiento y los indicios para encontrar el argumento más sólido de defensa.

Sanciones municipales del Ayuntamiento

Multas de ordenanzas municipales, zona azul y ORA, zonas peatonales, ruido, terrazas o licencias. Recurro ante el propio Ayuntamiento y, si es necesario, ante los tribunales.

Sanciones de Hacienda y tributarias

Sanciones de la Agencia Tributaria por declaraciones incorrectas, retrasos, discrepancias o errores formales. Recurso de reposición y reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo.

Sanciones urbanísticas

Obras sin licencia, infracciones urbanísticas, órdenes de demolición o restauración. Son sanciones con importes elevados que conviene recurrir con argumentos técnicos y jurídicos bien fundamentados.

Sanciones laborales y de Seguridad Social

Infracciones de la Inspección de Trabajo, sanciones por cotizaciones, contratación o prevención de riesgos laborales. Recurso administrativo y, si procede, impugnación judicial.

Otras sanciones administrativas

Sanciones medioambientales, de consumo, de industria, de sanidad o de cualquier otro organismo público. Si has recibido una resolución sancionadora, existe siempre una vía para impugnarla.
POR QUÉ SE ANULAN LAS SANCIONES

Las sanciones se pueden ganar
aunque los hechos sean ciertos

Mucha gente cree que si cometió la infracción no tiene nada que hacer. No es así. El derecho administrativo es muy exigente con la administración: cualquier defecto formal o de procedimiento puede suponer la anulación de la sanción.

Defectos en la notificación

Si la sanción no fue notificada correctamente —persona equivocada, dirección incorrecta, plazo no respetado— puede ser anulada independientemente de los hechos que la motivan.

Prescripción de la infracción

Las infracciones administrativas tienen plazos de prescripción. Si la administración tardó demasiado en iniciar o resolver el expediente, la sanción puede haberse extinguido antes de llegar.

Falta de prueba suficiente

La carga de la prueba recae sobre la administración. Si el expediente no cuenta con prueba bastante para acreditar los hechos, la sanción no puede sostenerse.

Error en la tipificación

Si los hechos existen pero no encajan con la norma que se aplica, o si se ha aplicado una sanción desproporcionada al tipo de infracción, hay base para impugnarla.

Vicios de procedimiento

El expediente sancionador debe seguir unos trámites concretos: audiencia al interesado, motivación, plazos de resolución. Cualquier omisión puede invalidar la sanción.

Falta de competencia del organismo

Cada administración tiene atribuidas unas competencias concretas. Si el órgano que sancionó no tenía competencia para hacerlo, la resolución es nula de pleno derecho.

Mi método de trabajo: Antes de decidir si recurrir, analizo el expediente completo buscando estos argumentos. Si no hay base real para el recurso, te lo digo con honestidad. Si la hay, te explico exactamente cuál es la estrategia y qué posibilidades tenemos.

VÍAS DE IMPUGNACIÓN

El camino para recurrir
una sanción administrativa

La impugnación de una sanción sigue un recorrido por instancias. Cada paso tiene su plazo y su estrategia. Te guío en cada uno de ellos.
PRIMERA VÍA

Alegaciones al expediente

Antes de que la sanción sea definitiva, puedes presentar alegaciones durante la tramitación del expediente. Es el momento más barato y más eficaz para detenerla.
SEGUNDA VÍA

Recurso de reposición o alzada

Una vez notificada la sanción, se interpone ante la propia administración. Es el recurso administrativo por excelencia y el primero que hay que agotar antes de ir a los tribunales.
TERCERA VÍA

Cuotas de Reclamación económico-administrativa

Específica para sanciones tributarias y de Seguridad Social. Se interpone ante los Tribunales Económico-Administrativos, sin coste de tasa judicial.
VÍA JUDICIAL

Recurso contencioso-administrativo

Cuando la vía administrativa está agotada, se impugna ante los tribunales. Es el último escalón y requiere abogado y procurador. Para sanciones importantes, es la vía más sólida.
Los plazos para recurrir son cortos y no se pueden recuperar
Una vez que vence el plazo para recurrir, la sanción gana firmeza y ya no hay nada que hacer legalmente. Si acabas de recibir una sanción, actúa esta semana.
CÓMO TRABAJAMOS

De la sanción recibida
a la resolución favorable

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Análisis del expediente

Reviso la sanción, el procedimiento seguido y la documentación para identificar los argumentos de defensa más sólidos.

Valoración honesta

Te digo con claridad si hay base real para recurrir y qué posibilidades de éxito existen. Sin crear falsas expectativas.

Redacción y presentación

Preparo el recurso con argumentación jurídica sólida y lo presento en el plazo correspondiente ante la administración o el tribunal.

Seguimiento hasta el final

Te mantengo informado en cada fase y gestiono la respuesta de la administración hasta obtener la resolución definitiva.

PREGUNTAS FRECUENTES

Lo que más me preguntan
sobre sanciones y recursos

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir una multa o sanción?

Depende del tipo. Las multas de tráfico de la DGT tienen 20 días hábiles desde la notificación. Las sanciones del Ayuntamiento u otras administraciones tienen generalmente un mes para el recurso de reposición o alzada. Una vez vencido el plazo, la sanción es firme y no hay vuelta atrás.

¿Merece la pena contratar un abogado para recurrir una multa?

Depende del importe y de si hay puntos del carnet en juego. Para multas de tráfico con retirada de puntos, casi siempre compensa. Para sanciones de Hacienda, urbanismo o laborales, la representación profesional es prácticamente imprescindible dado el impacto económico que pueden tener.

¿Puedo recurrir aunque crea que soy culpable?

Sí. Incluso cuando los hechos son reales, muchas sanciones tienen defectos formales o de procedimiento que las hacen anulables: notificaciones incorrectas, plazos incumplidos, falta de motivación o errores de tipificación. Un análisis jurídico puede revelar argumentos que no son evidentes.

¿Qué es el recurso contencioso-administrativo?

Es el recurso que se interpone ante los tribunales cuando la vía administrativa ya se ha agotado y la administración ha desestimado los recursos previos. Permite que un juez revise si la sanción fue legal y proporcionada. Requiere abogado y procurador y tiene un plazo de dos meses desde la última resolución administrativa.

Si pierdo el recurso, ¿tengo que pagar más?

No necesariamente. En vía administrativa no suele haber condena en costas. En vía judicial puede haberla si el recurso se considera temerario, aunque esto es poco habitual cuando el recurso está bien fundamentado. En la consulta inicial te explico los riesgos reales de tu caso concreto.

¿Puedo recurrir una sanción de la DGT si perdí el plazo de alegaciones?

Una vez firme la sanción DGT, las opciones se reducen mucho. Existe el recurso extraordinario de revisión para casos muy concretos, pero no es la vía ordinaria. Por eso es fundamental actuar dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se recibe la notificación.

CONTACTO

¿Has recibido una sanción?

Los plazos corren desde el momento en que recibes la notificación. Cuéntame tu caso hoy y te digo en menos de 24 horas si tienes opciones reales de recurrir, sin compromiso.

Recurro sanciones administrativas ante el Ayuntamiento de Vigo, la Xunta de Galicia, la DGT, la AEAT y cualquier otra administración pública. Para procedimientos ante organismos nacionales, también atiendo de forma telemática desde cualquier punto de Galicia.